miércoles, 8 de octubre de 2008

PROYECTO DE TRATADO PARA UN IMPUESTO SOBRE LAS TRANSACCIONES MONETARIAS (CTT)

Síntesis de los actuales debates, acuerdos y desacuerdos.
Preparado para el Taller del 3er Foro Social Mundial de Porto Alegre

Autor: Bruno Jetin, miembro del Comité Científico de ATTAC-Francia, Jefe d Conferencias en Ciencias Económicas, Universidad Paris Norte (jetin@seg.univ-paris13.fr).

Introducción

El proyecto sometido a discusión establece los principios de un tratado internacional sobre la Tasa Tobin actualmente llamada Impuesto a las transacciones monetarias (CTT) Pero puede adaptarse a otros impuestos globales. Este documento es una síntesis personal sobre el debate en marcha y que fuera iniciado en noviembre de 2002 en Florencia, Italia durante el Foro Social Europeo. El Taller organizado allí tenía por objeto iniciar la discusión del documento titulado “Proyecto de Tratado sobre un Impuesto Global a las Transacciones monetarias” http://www.nigd.u-net.com) redactado por Heikki Patomäki, Profesor de Política Mundial y Economía en la Nottingham Trent University, UK, heikki@nigd.u-net.com) y Lieven A. Dennys ( Profesor de Leyes Impositivas europeas, Universidad Libre de Bruselas, Bélgica ldenys@vub.ac.be).

A) Puntos de Acuerdo

1) Un grupo de países puede tomar la iniciativa para establecer unilateralmente la CCT, sin esperar un acuerdo mundial. Podría ser la Unión europea junto a Africa, Latinoamérica y países asiáticos.
2) El CTT podría ser un impuesto a las transacciones de dos tiempos como lo propusiera P.B. Spahn (1995,2002). Un impuesto normal del 0,1% prevalecería durante los períodos tranquilos de los mercados de divisas. Tranquilo significa que las tasas de cambio fluctúan dentro de bandas de fluctuación predeterminadas. En el momento en que las tasas de cambio de las divisas transgreden hacia arriba o hacia abajo la banda preestablecida, el impuesto .recibe automáticamente una prohibitiva sobrecarga del 100% Este sistema de dos tiempos tiene el propósito de confiscar ganancias excesivas derivadas de la sobreespeculación.
3) La autoridades monetarias nacionales deberían ser las responsables de la instrumentación de la CTT y los Bancos Centrales de su recaudación fiscal. La recaudación del impuesto debe hacerse básicamente en el lugar de la transacción (a través del Sistema Real Gross time Settlement) en cada uno de los países y en las casas de clearing si se halla establecida previamente la red de transacciones extranjeras. A todas las transacciones en divisas realizadas en el país debería aplicárseles el impuesto. Toda clase de transacciones realizadas en los mercados de cambios ( deportes, comisionistas y derivados) deben pagar el impuesto. Luego los ingresos fiscales deberían ser transferidos a una institución internacional u Organización CTT ( de ahora en más CTTO)
La CTTO será una nueva institución ya que no existen instituciones internacionales técnica y democráticamente preparadas para administrar la centralización del impuesto y su posterior distribución en los países receptores.
4)
La CTTO contará con un cuerpo ejecutivo integrado por representantes de todos los países participantes. La cantidad de representantes será proporcional a la cantidad de habitantes de cada país. Pero ningún país tendrá una cantidad de votos predominantes. La CTTO tendrá también un cuerpo legislativo integrado por miembros de los parlamentos, representantes de sindicatos y ONGs. Los países en desarrollo tendrán la mayoría de votos en los dos cuerpos. El cuerpo legislativo tendrá la última palabra en la votación del presupuesto.



B) Puntos en desacuerdo a ser discutidos

1) ¿Estarían todos los países autorizados a firmar el tratado aún aquellos que flagrantemente violan los derechos humanos y en los que no existe la democracia?
2) ¿Deberían depositarse todos los ingresos fiscales en el CTTO y luego se distribuidos entre los países beneficiarios o parte de estos ingresos deberían permanecer en el nivel nacional?
3) ¿Los países desarrollados (ricos) deberían retener parte de los ingresos ( y si fuera afirmativo cuánto) o deberían ser destinados todos los ingresos a los países subdesarrollados (pobres)?
4) ¿Qué criterio adoptar para la destinar los ingresos fiscales? ¿Debería ser reformado el Indice de Desarrollado Humano publicado por las Naciones Unidas para el Desarrollo (UNDP)¿ Podemos estar de acuerdo en que cada país decida establecer sus prioridades sociales y ecológicas a través de un debate nacional y democrático?¿Pueden bloquearse los ingresos fiscales y mantenerlos en un fondo especial en caso de no prevalecer la democracia?
5) ¿Podría el tratado establecer condiciones para el uso de los ingresos fiscales? Por ejemplo las prioridades sociales y ecológicas de cada país? ¿Podría el tratado definir en términos generales cuales son los bienes globales comunes? ¿Podría destinarse parte de los ingresos fiscales para financiar un fondo de reserva que ayude a los países a defenderse en caso de ataques especulativos? ¿O podemos estar de acuerdo en que cada país sea libre de determinar en qué quiere usar los ingresos fiscales aunque fuere para comprar armas o financiar guerras? ¿Podría aceptarse que un país pueda usar los ingresos procedentes del CTT para reducir sus impuestos internos, por ejemplo los impuestos a las ganancias de las empresas multinacionales con el riesgo de que se produzca mayor dumping entre los países?
6) Si decidimos que el uso de los fondos se restrinja a cubrir las necesidades sociales y ecológicas (ampliamente definidas) ¿tendría la CTTO el derecho de monitorear el gasto de cada país aún en el caso de que se socave el tratado?
7) Si un país no respeta sus obligaciones ¿debería condenárselo a devolver el dinero y a ser excluido?

Todos estos puntos están sometidos a discusión. El objetivo del taller es lograr un acuerdo aceptable o por lo menos circunscribir los desacuerdos e intercambiar ideas.



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